1.- Hasta 60 puntos: Se tendrán en cuenta las Clínicas y Hospitales propios, así como los concertados, centros Asistenciales, con las diversas especialidades que ofrezcan, así como los cuadros médicos con los especialistas que posean, tanto en el personal médico como de enfermería y fisioterapeuta que haya a disposición del Excmo. Ayuntamiento de Huelva.
Se valorará el que las Clínicas, centros Asistenciales y Hospitales propios estén ubicados en Huelva capital, Provincia, Autonomía Andaluza y resto de España, en función de la proximidad de los mismos a la capital.
2.- Hasta 15 puntos: Cursos de formación que ofrezca al personal del Ayuntamiento. Asesoramiento, confección y distribución de material de divulgación. Informes sobre el seguimiento solicitado por el Ayuntamiento de Huelva.
Acción específica de colaboración con los Servicios de Inspección Médica y Prevención de riesgos laborales del Ayuntamiento tendente a disminuir la incidencia de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales en el Ayuntamiento de Huelva.
3.- Hasta 15 puntos: Acceso informático de gestión al personal de los Servicios Médicos Municipales y la Mutua.
4.- Hasta 10 puntos: Indicadores de calidad. Será objeto de valoración la descripción por el licitador de las medidas empleadas para garantizar la calidad de la prestación, certificados expedidos por las Entidades oficiales encargadas del control de calidad de competencia reconocida.
Ser Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social legalmente constituidas y debidamente registradas y autorizadas conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.