El Padrón municipal es el registro administrativo donde figuran todos los vecinos/as que viven o residen habitualmente en un municipio. Sus datos son una prueba de la residencia en el mismo.

Es obligación de todos los vecinos comunicar al Ayuntamiento las variaciones en sus circunstancias personales, en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en el padrón municipal de habitantes con carácter obligatorio (artículo 68 RD 1690/1986, del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales).

Según la Ley, toda persona que viva en España tiene la obligación y el derecho de empadronarse en el municipio donde resida durante más de seis meses al año en caso de disponer de varias residencias.

Para poder realizar el empadronamiento necesitará establecer un domicilio, el cual no es necesario que sea de su propiedad, puede ser en alquiler o bien la casa de un familiar o un conocido.

El Padrón se utiliza para calcular qué medios son necesarios para satisfacer las necesidades de la población según zonas, edades, etc. 

La condición de vecino de un municipio se adquiere mediante la inscripción en el Padrón y tal condición otorga una serie de derechos y deberes legalmente reconocidos, tales como utilizar los servicios públicos municipales y solicitar, en su caso, el establecimiento de nuevos servicios, participar en las elecciones y en la gestión municipal (tratándose de extranjeros de acuerdo con la legislación específica), entre otros.

 

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