DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

-Fotocopia del DNI (o NIF) del titular (y representante en su caso)

-Copia compulsada del título/s o documento/s de propiedad de la parcela en la que se ubica la obra, instalación o edificación, y, en su caso, nota simple de su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

-Documentación suscrita por técnico competente visada por el Colegio Oficial correspondiente acreditativa de los siguientes extremos:

  1. Identificación del inmueble afectado, indicando el número de finca registral si estuviera inscrita en el Registro de la Propiedad y su localización geográfica mediante referencia catastral o, en su defecto y mediante cartografía oficial georreferenciada conforme al RD 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el Sistema Geodésico de Referencia Oficial en España.
  2. Fecha de terminación de la edificación, acreditada mediante cualquiera de los documentos de prueba que se relacionan en el artículo 20.4.a) del Texto Refundido de la Ley del Suelo aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio:
  3. Certificación de antigüedad expedida por el Ayuntamiento, a tales efectos, sólo se expedirán certificaciones de antigüedad si se tiene constancia documental fehaciente sobre la fecha de terminación de la edificación. Dicha certificación, en su caso, deberá obtenerse de manera previa e independiente del presente procedimiento.
  4. Certificación expedida por técnico competente, en el que conste la fecha de terminación de la edificación, construcción ó instalación, con indicación expresa de su uso y aportación de documentación utilizada para el certificado.
  5. Acta notarial de la finca en la que conste la fecha de terminación de la obra.
  6. Certificación catastral descriptiva y gráfica de la finca, en la que conste la terminación de la obra en fecha determinada y su descripción coincidente con el título.
  7. Aptitud de la edificación terminada para el uso a que se destina, mediante certificación que acredite que reúne las condiciones de seguridad, habitabilidad y salubridad, así como su estado de conservación, y que reúne las condiciones mínimas establecidas en el Capítulo II de las presentes ordenanzas. En caso de incumplimiento de alguna de estas condiciones mínimas, podrán aportarse ya las soluciones que estime el técnico particular en forma de proyecto técnico, con descripción literaria, gráfica y económica de las actuaciones precisas para el cumplimiento.
  8. Descripción de las obras necesarias e indispensables para poder dotar a la edificación de los servicios básicos necesarios para garantizar el mantenimiento del uso de forma autónoma y sostenible o, en su caso, mediante el acceso a las redes de infraestructura. En el caso de obras necesarias para garantizar dichos servicios básicos se deberá acreditar la previa obtención de las autorizaciones que la legislación sectorial aplicable exija para ello, así como condiciones de las Compañías Suministradoras aceptadas por el propietario.
  9. Presupuesto de Ejecución Material que establezca como valor mínimo el que resulte de aplicar a la instalación, construcción u obra existentes los cuadros de precios del Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva del 2011 con aplicación del IPC hasta el momento del cálculo, y en su caso, partidas con cuadros de precios detallados. Se calculará el valor a fecha actual. Adicionalmente, se aportará el Presupuesto de Ejecución Material que derive por obras imprescindibles de las descritas en los apartados c3 y c4.

-Documentación gráfica suscrita por técnico competente visada por el Colegio Oficial correspondiente:

  1. Plano de situación georreferenciado -conforme al RD 1071/2007- a escala 1/5000 ó 1/2000 en la que se grafíe la edificación o edificaciones de que se trate y la parcela en la que se insertan, con indicación del polígono y referencia catastral. Representado sobre la cartografía municipal, que puede ser facilitada previamente en las dependencias SIG del Área de Desarrollo Urbano, Fomento y Obra Pública del Ayuntamiento de Huelva.
  2. Plano de parcela acotado y superficiado a escala 1/1000 ó 1/500 en el que se representen todas las edificaciones. Representado sobre la cartografía municipal georreferenciada.
  3. Plano de parcela acotado y superficiado a escala mínima 1/500 ó 1/200 en el que se representen todas las edificaciones con referencia concreta de las separaciones de éstas a los linderos de parcela, accesos rodados, pavimentaciones exteriores y zonas arboladas. Representado sobre la cartografía municipal georreferenciada.
  4. Plano acotado a escala mínima 1/200 ó 1/100, por cada planta del edificio y/o instalación con distinta distribución, de conformidad con la realidad existente. En estos planos se representarán todas las edificaciones con uso diferenciado, con expresión de la superficie construida ó en otro caso superficie ocupada.

-Plano de Alzados y Secciones a escala mínima 1/100 de conformidad con la realidad existente. Compuesto con fotografías de cada una de las fachadas de la edificación en la que pueda desprenderse el estado constructivo de la misma, realizadas a color y tamaño mínimo 10x15 cms.

-Reportaje fotográfico del conjunto de la parcela, exteriores e interiores de las edificaciones, instalaciones y obras de las que pueda desprenderse el estado de conservación de las mismas, realizadas a color y tamaño mínimo 10 x 15 centímetros.

-Memoria de materiales y calidades de las instalaciones obras ejecutadas y valor de las mismas.

-Toda la anterior documentación deberá presentarse en formato papel y digital (dwg).

-Justificación del pago de la tasa correspondiente. A estos efectos se liquidará, por un lado, la Tasa por expedición de resolución de reconocimiento de situación en fuera de ordenación ó de asimilado a fuera de ordenación en los términos establecidos en las Ordenanzas Fiscales relativas a estos conceptos. Adicionalmente se liquidarán las tasas que deriven por la Ordenanza Fiscal por Servicios Urbanos y Concesión de Licencias en base al PEM de las obras que resulten de indispensable ejecución para el total cumplimiento de las condiciones mínimas en materia de seguridad, salubridad e higiene.

-Alta de la Tasa sobre recogida, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos a asimilables a éstos, utilización del vertedero municipal o otros servicios de limpieza, dependiendo del uso de las instalaciones.

-Contrato de suministros de empresas de que dispongan (agua, electricidad...)

-Declaración jurada de inexistencia de procedimiento judicial sobre el inmueble.