Número de expediente: 
68/2017
Órgano contratación: 
Junta de Gobierno Local
Procedimiento: 
abierto, sujeto a regulación armonizada y un único criterio de adjudicación
Estado: 
Aprobados Inicialmente
Tipo de tramitación: 
ordinaria
CPV: 
50232000 servicio de mantenimiento de instalaciones de alumbrado público y semáforos
Valor estimado del contrato: 
1.322.314,04
IVA: 
138.842,98
Precio: 
661.157,02
Publicación del anuncio: 
REMISION AL DOUE EL 06/02/2018, PUBLICACIÓN PERFIL CONTRATANTE Y PLATAFORMA ESTADO O7/02/2018. PUBLICACIÓN BOE 26/02/2018
Fecha presentación ofertas: 
08.02.2018 / 19.03.2018
Lugar de presentación: 
Las ofertas se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Huelva, en horas de 9 a 13,30 horas de lunes a viernes (horario apertura Registro), sito en Plaza de la Constitución, s/n, planta baja, CP 21003, de la ciudad de Huelva
Criterios de contratación: 

un único criterio de adjudicación: el precio

Requisitos específicos del contratista: 

 

Podrá acreditarse con la correspondiente Clasificación o mediante la acreditación de la solvencia en los términos previstos a continuación:

 Clasificación: Grupo P, Subgrupo 1, Categoría D, (mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones eléctricas y electrónicas); y Grupo V Subgrupo 5 Categoría D, (servicios de explotación y control de sistemas informáticos e infraestructuras telemáticas), o en su caso:

 La solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios de los tres últimos años concluidos, debiendo ser el del año de mayor volumen al menos una vez y media el valor anual medio del contrato.El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

  

La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos o suministros efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años, avalados por certificados de buena ejecución, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superioral 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato