Número de expediente: 
65/2016
Órgano contratación: 
Teniente de Alcalde de Economía y Hacienda.
Procedimiento: 
Abierto, sujeto a regulación armonizada y varios criterios de adjudicación.
Estado: 
Adjudicación Definitiva
Tipo de tramitación: 
Ordinaria.
CPV: 
71317200-5 “Servicios de salud y seguridad”
Valor estimado del contrato: 
208.517,84 euros
Precio: 
104.528,92 euros más I.V.A. de 3.471,08 euros
Publicación del anuncio: 
Remision al DOUE el 7/2/17, Perfil del Contratante 7/2/17, PUBLICACION BOE 30-3-2017
Fecha presentación ofertas: 
07.02.2017 / 17.04.2017
Adjudicación: 
CUALTI, S.L.U. CON FECHA 6/10/2017 - FORMALIZADO EL 8 DE NOVIEMBRED E 2017
Lugar de presentación: 
Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Huelva, en horas de 9 a 13,30 horas de lunes a viernes (horario apertura Registro), sito en Plaza de la Constitución, s/n, planta baja, CP 21003, de la ciudad de Huelva.
Criterios de contratación: 

Hasta 60 puntos: Baja realizada: presupuesto más económico para la Corporación.

  Hasta 16 puntos: Poner a disposición del Excmo. Ayuntamiento de Huelva programas informáticos de gestión en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

 Hasta 17 puntos: Características del centro de atención, del personal y los medios encargados de prestar el servicio objeto de este contrato.

 7 puntos: Acreditación de disponer de Plataforma digital para la gestión documental y acceso de los trabajadores a sus exámenes de Salud.

 

 

 

 

 

 

 

Requisitos específicos del contratista: 

La entidad adjudicataria, deberá cumplir con todos los requisitos que sean legalmente exigibles a tales entidades y, en particular, con lo dispuesto en el Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención. Dentro de la evaluación y planificación de la actividad preventiva prevista en el Art. 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, la especialidad de Vigilancia de la Salud comprenderá todas las actuaciones contempladas en el artículo 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en las condiciones fijadas en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

- Deberán ser entidades acreditadas por la Autoridad Laboral Andaluza en materia de Prevención de Riesgos Laborales como Servicio de Prevención Ajeno y deberán justificarlo documentalmente.