Número de expediente: 
54/2017
Órgano contratación: 
Teniente de Alcalde de Economía y Hacienda
Procedimiento: 
Abierto y varios criterios de adjudicacion.
Estado: 
Aprobados Inicialmente
Tipo de tramitación: 
Ordinaria
CPV: 
71000000-8 “redacción de proyecto y dirección de obra”, 45221113-7 “trabajos de construcción de pasarelas”, 45233261-6 “trabajos de construcción de paso elevados de peatones”, 45233262-3 “trabajos de construcción de zonas peatonales”
Valor estimado del contrato: 
233.884,30 euros
IVA: 
49.115,70 euros
Precio: 
283.000,00 euros.
Publicación del anuncio: 
BOP HUELVA, PERFIL CONTRATANTE Y PLATAFORMA CONTRATACIÓN ESTADO 30/01/2018
Fecha presentación ofertas: 
31.01.2018 / 26.02.2018
Lugar de presentación: 
Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Huelva, en horas de 9 a 13,30 de lunes a viernes (horario apertura Registro), sito en Plaza de la Constitución, s/n, planta baja, CP 21001, de la ciudad de Huelva.
Criterios de contratación: 

Hasta 35 puntos: baja ofertada respecto del presupuesto máximo de licitación.

Hasta 35 puntos: Diseño general de la pasarela y mejora de las condiciones de habitabilidad de la Hispanidad y su conexión con espacios circundantes, atendiendo a calidad, funcionalidad y condiciones estéticas y/o de adecuación formal al entorno natural circundante (Parque Moret).

Hasta 10 puntos: Estabilidad de los recursos humanos dedicados a la ejecución del contrato.

Hasta 5 puntos: Menor tiempo de ejecución.

Hasta 5 puntos:Mejoras en materia de accesibilidad de la Barriada de la HispanidadHasta 5 puntos: plazos de garantía.

Hasta 5 puntos: Facilidad de mantenimiento del espacio público resultante y sostenibilidad económica a largo plazo.

    En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrán preferencia para la determinación de la oferta económicamente más ventajosa y por ese orden, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa, cualesquiera de las siguientes empresas:

1.- Empresas que tenga en su plantilla mayor número de trabajadores discapacitados (no inferior al 2% de acuerdo con lo establecido en la disposición Adicional Sexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).

2.-  Empresas que tengan la marca de excelencia o desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, siempre que las medidas de igualdad aplicadas permanezcan en el tiempo y mantengan la efectividad.

   Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia conforme al párrafo anterior, se considerará como oferta económicamente más ventajosa aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. Si aún persistiese la igualdad, se procederá a la realización de un sorteo.