El Ayuntamiento de Huelva crea un canal de denuncias antifraude para que cualquier persona, pueda presentar una denuncia cuando en un contexto laboral o profesional detecte acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del derecho de la Unión Europea o bien que sean constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Este canal permitirá informar a una entidad sobre acciones indebidas de los empleados públicos o de quienes prestan una relación laboral o profesional con una administración.

Este canal de Denuncias NO se podrá utilizar para realizar quejas o sugerencias, para esto se tendrá que utilizar el trámite externo habilitado.

 

¿Qué puedo denunciar?

Cualquier acción u omisión que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, en los términos establecidos en el artículo 2,1 a) de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Cualquier acción u omisión que pueda ser constitutiva de infracción penal o administrativa grave o muy grave. Se entienden comprendidas todas aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

 

¿Quién puede denunciar?

Cualquier persona física, comprendiendo en todo caso:

  • Personas que tengan la condición de empleados públicos o trabajadores por cuenta ajena.
  • Los autónomos.
  • Los accionistas, partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos los miembros no ejecutivos.
  • Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.
  • Voluntarios, becarios, trabajadores en periodo de formación con independencia de que reciban o no una remuneración.
  • Cualquier persona cuya relación laboral aún no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones se obtenga durante el proceso de selección o de negociación precontractual.

 

¿Qué debe contener la denuncia?

Los hechos que la motivan, argumentos que la fundamentan y documentación que sirve de soporte, si se tuviera.

 

 ¿Cuáles son los derechos del denunciante?

Ser informado de la conclusión del expediente.

La denuncia no producirá otro efecto que el de poner en conocimiento la supuesta comisión de hechos irregulares y en ningún caso se considerará al denunciante interesado en las actuaciones que se inicien como consecuencia de su denuncia.

Todas las denuncias presentadas son confidenciales y, si se trata de denuncias anónimas, no habrá ningún dato o elemento que identifique al denunciante.

 

¿Cómo y dónde puedo realizar una denuncia?

Las denuncias antifraude ante el Ayuntamiento de Huelva y sus organismos autónomos pueden ser anónimas o con identificación del denunciante y se pueden presentar por las siguientes vías:

  1. Por CORREO POSTAL dirigidas al órgano responsable, Canal de Denuncias Antifraude Ayuntamiento de Huelva, Plaza Constitución s/n 21001
  2. Por CORREO ELECTRÓNICO denuncias.antifraude@huelva.es
  3. De forma PRESENCIAL
  4. De forma telemática a través de la web institucional
  5. Mediante llamada TELEFONICA al 959 210106

 

Otros canales externos de denuncia

Mediante resolución de 20 de marzo de 2023 de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (enlazar al BOJA), por la que se crea y se ordena la puesta en funcionamiento del canal externo de información (Canal de Denuncias).