Se
expresan bajo la denominación de Dictámenes del Consejo Económico y Social los pareceres del
Consejo sobre los asuntos que, con carácter preceptivo o facultativo, son sometidos a su consulta.
Los Dictámenes no son vinculantes para el Excmo. Ayuntamiento de Huelva.
Los Dictámenes del Consejo se documentan por separado, distinguiéndose los antecedentes, la
valoración efectuada y las conclusiones, con la firma del Secretario General y el visto bueno del
Presidente, y a ellos se acompañan los votos particulares, si los hubiere. Emitido el Dictamen
sobre un asunto sometido a consulta del Consejo, se da comunicación del mismo al órgano que lo
solicitó.